Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-propiedad-condominio-inmuebles-distrito-federal/76
Ley
Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal
Artículo
76

Artículo 76 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México tiene que tomar medidas para que sea más fácil y rápido crear condominios en unidades de vivienda de interés social y popular. La Procuraduría (que es como la oficina que defiende a los inquilinos y dueños) ayudará si la Asamblea General de vecinos lo pide para hacer trámites legales. También apoyará cuando haya muchos condóminos (dueños de departamentos) en un mismo edificio, para que se organicen bien. Su labor será enseñarles cómo funciona la vida en condominio y darles asesoría legal gratuita. Todo esto es para que haya mejor convivencia y orden entre los vecinos.

Texto oficial

Artículo 76.- La Administración Pública del Distrito Federal deberá adoptar las medidas administrativas que faciliten y estimulen la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio de las unidades habitacionales de interés social y popular. La Procuraduría coadyuvará, a petición de la Asamblea General cualquier acto jurídico, y en los casos en que el número de condóminos exceda lo establecido en el artículo 8 fracción II de esta Ley, en la organización condominal, por lo cual deberá apoyar a la administración para fortalecer la cultura condominal y brindar asesoría jurídica.

Ver texto oficial de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.