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Ley
Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Vícitimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas de la Ciudad de México
Artículo
29

Artículo 29 de la Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Vícitimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de las Mujeres tiene que hacer varias cosas para apoyar a mujeres que han sido víctimas de ciertos delitos graves, como la trata de personas. Primero, debe trabajar con grupos de la sociedad y con la gente común para crear acciones que ayuden a que estas mujeres sean independientes y dueñas de su vida. También tiene que darles asesoría legal gratuita y fácil de entender. Además, puede hacer acuerdos con escuelas y universidades para capacitar a servidores públicos en temas de género. También debe poner en marcha programas para prevenir delitos como la trata, y cuando una mujer sea víctima, canalizarla con las autoridades adecuadas para que reciba toda la ayuda que necesita. Por último, tiene que cumplir con cualquier otra obligación que le marquen otras leyes.

Texto oficial

Artículo 29. Corresponde a la Secretaría de las Mujeres: Establecer vínculos de colaboración con la sociedad civil organizada y la ciudadanía para impulsar acciones concretas encaminadas a la autonomía y el empoderamiento de las mujeres víctimas de los delitos contenidos en la Ley General; Brindar orientación jurídica a las mujeres víctimas de los delitos contenidos en la Ley General; Promover convenios con instituciones académicas para la capacitación, sensibilización y profesionalización en materia de género; Impulsar y ejecutar programas y acciones en materia de prevención de los delitos en materia de trata de personas; Establecer la vinculación y canalización con las Autoridades competentes para la atención integral de las mujeres víctimas de los delitos en materia de trata de personas; y Las demás atribuciones establecidas en las Leyes Generales, el presente ordenamiento, la Ley de Víctimas y demás normas aplicables.

Ver texto oficial de la Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Vícitimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.