- Ley
- Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Vícitimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas de la Ciudad de México
- Artículo
- 39
Artículo 39 de la Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Vícitimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno está obligado a pedir ayuda de la sociedad civil (como organizaciones y ciudadanos) para crear un plan contra la trata de personas. Ese plan debe incluir reglas claras para ponerlo en marcha, siguiendo lo que dicen varias leyes, como la Ley General y la Ley de Víctimas. Básicamente, busca que todos participen para proteger mejor a las personas y prevenir este delito.
Texto oficial
Artículo 39. En la ejecución de las políticas se incluirá la cooperación de la sociedad civil, con el objeto de elaborar el programa en materia de trata de personas, el cual deberá incluir los lineamientos necesarios para su aplicación, de conformidad con las Leyes Generales y la Ley de Víctimas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.