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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-proteccion-bienestar-animales/26
Ley
Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México
Artículo
26

Artículo 26 de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si ves o sabes de alguien que esté maltratando a un animal protegido por esta ley, tienes la obligación de reportarlo a las autoridades correspondientes. No importa si es un acto directo, una omisión o cualquier situación que dañe al animal; debes avisar. Esto aplica para cualquier persona, sin importar quién seas. La autoridad competente puede ser la policía, el ministerio público o la dependencia de protección animal de tu localidad.

Texto oficial

Artículo 26.- Cualquier persona que tenga conocimiento de un acto, hecho u omisión en perjuicio de los animales objeto de tutela de la presente Ley, tiene la obligación de informarlo a la autoridad competente.

Ver texto oficial de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.