- Ley
- Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México
- Artículo
- 35
Artículo 35 de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un negocio de criar, vender o entrenar animales, debes tener un permiso oficial, tratar a los animales con respeto y darles lo necesario para que vivan bien y sin sufrimiento, según lo que diga la ciencia. También tienes que seguir las normas oficiales mexicanas. Si eres responsable de un animal, debes vacunarlo contra enfermedades que se puedan contagiar a personas o a otros animales de su especie. Además, no puedes permitir que tu animal haga ruido o genere malos olores que molesten a tus vecinos. Si entrenas perros de seguridad o trabajas con animales en servicios de seguridad, necesitas un certificado especial que te dé la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 35.- Toda persona física o moral que se dedique a la cría, venta o adiestramiento de animales, está obligada a contar con la autorización correspondiente y a valerse de los procedimientos más adecuados y disponer de todos los medios necesarios, a fin de que los animales reciban un trato digno y respetuoso y mantengan niveles adecuados de bienestar de acuerdo con los adelantos científicos en uso. Además, deberá cumplir con las normas oficiales mexicanas correspondientes. La tutela responsable de cualquier animal obliga a la persona tutora a inmunizarlo contra enfermedades de riesgo zoonótico o epizoótico propias de la especie. Asimismo, deberá tomar las medidas necesarias con el fin de no causar molestias a sus vecinos por ruido y malos olores. Párrafo reformado G.O.C.D.M.X 27/09/24 Toda persona física o moral que se dedique al adiestramiento de perros de seguridad y a la prestación de servicios de seguridad que manejen animales, deberá contar con un certificado expedido por la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México en los términos establecidos en el reglamento de la presente Ley. Párrafo reformado G.O.C.D.M.X 27/03/24
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.