- Ley
- Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México
- Artículo
- 70
Artículo 70 de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien paga una multa por no cumplir con esta ley, la mitad de ese dinero (el 50%) se le da a las Alcaldías. Ese dinero se usa para que las Alcaldías hagan su trabajo relacionado con lo que dice esta ley. En otras palabras, las multas no se quedan todas en el gobierno central, sino que una parte se va a las Alcaldías para que resuelvan los asuntos que les tocan. Esto aplica en la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 70. De lo recaudado por concepto de multas derivadas de violaciones a esta Ley, el Gobierno de la Ciudad de México destinará el 50 por ciento de los montos recaudados a las Alcaldías para atender las acciones relacionadas con las atribuciones que esta Ley le confiere. Artículo reformado G.O.C.D.M.X 18/04/24 CAPÍTULO XI DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD
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