- Ley
- Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México
- Artículo
- 14
Artículo 14 de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los que reciben el Seguro de Desempleo tienen que hacer varias cosas, como las siguientes: entregar a la Secretaría los papeles que te pidan para darte, quitarte o reanudarte el apoyo; participar en cursos o programas de empleo que la misma Secretaría organice; firmar una carta donde te comprometes a recibir el apoyo en los plazos y condiciones que ellos digan; avisar inmediatamente si cambias de domicilio; y pedir que te den de baja del apoyo si ya no cumples con los requisitos o se te termina el derecho. Además, siempre debes decir la verdad, porque si mientes en tus declaraciones te pueden quitar el beneficio y hasta meterte en problemas legales.
Texto oficial
Artículo 14.- Los Beneficiarios del Seguro se encuentran obligados, entre otras acciones, a: Entregar a la Secretaría, la documentación e información que reglamentariamente se determine a efectos del otorgamiento, suspensión o reanudación de las prestaciones que marque la presente Ley; Participar en programas de empleo o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales que determine la Secretaría; Suscribir una carta compromiso en la que se adquiere el derecho de recibir las prestaciones por desempleo en el lapso y condiciones determinadas por la Secretaría; Solicitar la baja en las prestaciones por desempleo cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción del derecho o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción, en el momento de la producción de dichas situaciones y las demás que determine la Secretaría y el Reglamento; Comunicar de inmediato sus cambios de domicilio; Conducirse con verdad en todo momento, apercibidos que, en caso de falsedad en sus declaraciones, le serán retirados los beneficios del Seguro, sin perjuicio de las consecuencias legales procedentes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.