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Ley
Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México
Artículo
14

Artículo 14 de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los que reciben el Seguro de Desempleo tienen que hacer varias cosas, como las siguientes: entregar a la Secretaría los papeles que te pidan para darte, quitarte o reanudarte el apoyo; participar en cursos o programas de empleo que la misma Secretaría organice; firmar una carta donde te comprometes a recibir el apoyo en los plazos y condiciones que ellos digan; avisar inmediatamente si cambias de domicilio; y pedir que te den de baja del apoyo si ya no cumples con los requisitos o se te termina el derecho. Además, siempre debes decir la verdad, porque si mientes en tus declaraciones te pueden quitar el beneficio y hasta meterte en problemas legales.

Texto oficial

Artículo 14.- Los Beneficiarios del Seguro se encuentran obligados, entre otras acciones, a: Entregar a la Secretaría, la documentación e información que reglamentariamente se determine a efectos del otorgamiento, suspensión o reanudación de las prestaciones que marque la presente Ley; Participar en programas de empleo o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales que determine la Secretaría; Suscribir una carta compromiso en la que se adquiere el derecho de recibir las prestaciones por desempleo en el lapso y condiciones determinadas por la Secretaría; Solicitar la baja en las prestaciones por desempleo cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción del derecho o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción, en el momento de la producción de dichas situaciones y las demás que determine la Secretaría y el Reglamento; Comunicar de inmediato sus cambios de domicilio; Conducirse con verdad en todo momento, apercibidos que, en caso de falsedad en sus declaraciones, le serán retirados los beneficios del Seguro, sin perjuicio de las consecuencias legales procedentes.

Ver texto oficial de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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