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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-proteccion-fomento-empleo/25
Ley
Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México
Artículo
25

Artículo 25 de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las empresas que reciben descuentos o beneficios especiales en sus impuestos tienen que estar al día con todo lo que deben al SAT. Esto significa que no pueden tener deudas fiscales ni haber dejado de presentar sus declaraciones. La regla aplica tal como lo marcan las leyes de impuestos vigentes. En pocas palabras, si una empresa recibe un apoyo del gobierno, debe cumplir con sus obligaciones tributarias sin fallos.

Texto oficial

Artículo 25.- Las empresas beneficiadas por los estímulos fiscales, deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de conformidad con lo establecido en los ordenamientos jurídicos aplicables. Capítulo II Del Consejo

Ver texto oficial de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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