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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-proteccion-fomento-empleo/26
Ley
Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México
Artículo
26

Artículo 26 de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Consultivo para el Fomento y Protección al Empleo de la Ciudad de México es un grupo de personas (llamado órgano colegiado) que sirve para asesorar a las autoridades en temas de empleo. Este consejo coordina su trabajo con otras oficinas del gobierno que también se encargan de proteger y promover los trabajos. Básicamente, es como un equipo de expertos que ayuda a tomar mejores decisiones para que haya más y mejores empleos en la ciudad.

Texto oficial

Artículo 26.- El Consejo Consultivo para el Fomento y Protección al Empleo de la Ciudad de México, es un órgano colegiado de consulta en materia de protección al empleo para las instancias correspondientes, mismo que coordinará sus acciones con las demás dependencias encargadas de la protección y fomento al empleo.

Ver texto oficial de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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