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Ley
Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México
Artículo
28

Artículo 28 de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo está formado por varias personas. El jefe es el Secretario de Gobierno de la Ciudad, y su segundo al mando es el Secretario de Desarrollo Económico. También hay vocales, que son otros secretarios del gobierno, cinco personas de empresas privadas relacionadas con el empleo (invitadas por el presidente del Consejo) y tres representantes de organizaciones sociales. Todos los miembros pueden opinar y votar, y si hay un empate, el presidente decide con su voto extra. Además, pueden ir como invitados los presidentes de algunas comisiones del Congreso de la Ciudad, pero solo para opinar, sin derecho a voto.

Texto oficial

Artículo 28.- El Consejo se integra por: Una Presidencia, que estará a cargo de la persona titular de la Secretaría. Una Vicepresidencia, que estará a cargo de la persona titular de la Secretaría de Desarrollo Económico, y Vocales: La persona titular de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México; La persona titular de la Secretaría de Administración y Finanzas; La persona titular de la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México; Cinco representantes del sector privado relacionados con el tema del empleo, podrán ser de los sectores industrial, comercial y social, los cuales serán a invitación por el Presidente del Consejo; y Tres representantes de organizaciones sociales afines con el tema. Los miembros del Consejo tendrán voz y voto en las sesiones que celebren, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. Asimismo, podrán asistir como invitados, con voz pero sin voto, las presidencias de las Comisiones de Asuntos Laborales, Trabajo y Previsión Social, de Desarrollo Económico y de Administración Pública Local del Congreso de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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