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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-publicidad-exterior/50
Ley
Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México
Artículo
50

Artículo 50 de la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se acabe el permiso para poner anuncios, la persona que lo tiene debe quitar todos los letreros o publicidad. Tienes hasta cinco días de trabajo (de lunes a viernes, sin contar sábados, domingos o días festivos) para hacerlo, contando a partir del día siguiente de que venció tu licencia. Si no los quitas a tiempo, puedes tener problemas por dejar los anuncios sin permiso.

Texto oficial

Artículo 50. El titular de la Licencia deberá retirar los medios publicitarios dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que haya concluido su vigencia. CAPÍTULO SEGUNDO DE LAS AUTORIZACIONES

Ver texto oficial de la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.