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Ley
Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México
Artículo
53

Artículo 53 de la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres poner un anuncio en la Ciudad de México, primero debes pedir permiso por escrito al alcalde o alcaldesa de tu zona. Puedes hacer el trámite en línea, por el portal oficial de la ciudad. Ellos tienen un máximo de 10 días hábiles para darte una respuesta; si no contestan en ese tiempo, se considera que tu solicitud fue rechazada (esto se llama “negativa ficta”). Para solicitar el permiso, necesitas llenar un formato con tus datos personales o los de tu empresa, el tipo de inmueble, tu domicilio y un correo electrónico para recibir avisos. También debes incluir un plano con la ubicación, diseño, medidas, colores y materiales del anuncio, junto con una foto del lugar donde lo vas a poner, mostrando cómo se vería. Además, tienes que firmar y fechar la solicitud. Si el anuncio no es de los sencillos (como los de “se vende”, “se renta” o de empleo), necesitas un documento llamado “opinión técnica favorable” de Protección Civil de la alcaldía. Por último, debes pagar los derechos correspondientes según el Código Fiscal de la ciudad y cumplir con lo que diga el Reglamento.

Texto oficial

Artículo 53. Las Autorizaciones para la instalación de anuncios, deberán solicitarse por escrito a la persona titular de la Alcaldía respectiva, en el formato impreso o electrónico que a través del sistema de trámites en línea que se encuentre disponible en el Portal de Registro Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad de México. Dichas autoridades resolverán en un plazo no mayor a 10 días hábiles. En caso de que la persona solicitante no reciba respuesta en el plazo señalado, aplicará la negativa ficta. El formato de la solicitud de Autorización deberá contener los siguientes datos: Nombre, denominación o razón social del solicitante o, en su caso, de su representante legal; Tipo de inmueble; Domicilio y dirección electrónica para oír y recibir notificaciones; Plano en el que se indiquen ubicación, diseño, dimensiones, materiales, colores y demás especificaciones técnicas del anuncio, así como una fotografía del inmueble donde se pretendan instalar, con el montaje de estos; Fecha y firma del solicitante, y Opinión técnica favorable en materia de protección civil emitida por la Unidad de Gestión de Riesgos y Protección Civil de la Alcaldía, únicamente cuando se trate de autorizaciones para anuncios, con excepción de los anuncios de compra, venta, renta, traspaso de inmuebles, oferta de empleo o similares. A la solicitud deberá agregarse el pago de derechos correspondiente en términos del Código Fiscal de la Ciudad de México, además de los requisitos señalados en el Reglamento.

Ver texto oficial de la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.