- Ley
- Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México
- Artículo
- 83
Artículo 83 de la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un permiso temporal para poner un anuncio publicitario y el anuncio no coincide con lo que autorizaron (por ejemplo, más grande o en otro lugar), te van a multar con entre 12,000 y 15,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (la UMA, que es como un valor de referencia que el gobierno actualiza cada año). Si vuelves a cometer la misma falta por segunda vez, la multa se duplica y además tendrás que quitar el anuncio por tu cuenta. Si lo haces por tercera vez, la multa vuelve a duplicarse respecto a la segunda y también tendrás que retirar el anuncio. Las personas que se vean afectadas porque se dieron permisos que no cumplen la ley pueden reclamar ante las autoridades correspondientes.
Texto oficial
Artículo 83. Se sancionará con multa de 12,000 a 15,000 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, al titular de un Permiso Administrativo Temporal Revocable, Licencia o Autorización temporal cuando las características del medio publicitario instalado no correspondan a las previstas en los mismos. Cuando el infractor cometa por segunda ocasión la misma infracción prevista en este artículo, será sancionado con el doble de la multa impuesta en la primera ocasión y el retiro del medio publicitario a su costa. En caso de que el infractor cometa por tercera ocasión la misma infracción prevista en este artículo, será sancionado con el doble de la multa impuesta en la segunda ocasión y el retiro del medio publicitario a su costa. Quienes resulten afectados en su interés jurídico, en los términos de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, pueden ejercer las acciones correspondientes ante las autoridades competentes, cuando se hayan otorgado Permisos, Licencias y Autorizaciones temporales en contravención a las disposiciones contenidas en la presente Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.