- Ley
- Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México
- Artículo
- 88
Artículo 88 de la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes permiso para poner un anuncio comercial con el nombre de tu negocio, ese letrero solo lo puedes colocar en el lugar donde realmente trabajas. Si lo instalas en otro sitio, te pueden multar con una cantidad entre 6 mil y 12 mil veces la Unidad de Medida (como el valor diario de la UMA) y además te obligarán a quitarlo pagando tú los gastos. Si te cachan haciendo lo mismo por segunda vez, la multa será el doble de lo que te cobraron la primera ocasión y otra vez tendrás que retirar el anuncio por tu cuenta. En la tercera reincidencia, la multa será el doble de la segunda vez, igual tendrás que quitar el letrero, y además te pueden arrestar de 24 a 36 horas sin posibilidad de cambiar el arresto por otra cosa. También el Instituto o la Alcaldía pueden presentar una denuncia ante el Ministerio Público por si el caso constituye un delito.
Texto oficial
Artículo 88. Se sancionará con multa de 6,000 a 12,000 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y retiro a su costa del medio publicitario, al titular de la licencia o autorización que instale un medio publicitario denominativo en un inmueble distinto de aquel en donde se desarrolle la actividad de la denominación o razón social respectiva. Cuando el infractor cometa por segunda ocasión la misma infracción prevista en este artículo, será sancionado con el doble de la multa impuesta en la primera ocasión y el retiro a su costa del medio publicitario. En caso de que el infractor cometa por tercera ocasión la misma infracción prevista en este artículo, será sancionado con el doble de la multa impuesta en la segunda ocasión, el retiro a su costa del medio publicitario y arresto administrativo inconmutable de 24 a 36 horas. El Instituto o en su caso la Alcaldía correspondiente presentarán, además, ante el Ministerio Público, la denuncia o querella por la comisión del delito que corresponda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.