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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
106

Artículo 106 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto va a crear un sistema para ayudar a personas mayores directamente en su casa, mandando a trabajadores especializados llamados promotores de apoyo gerontológico. Estos promotores te van a asistir en varias cosas, como darte información para prevenir enfermedades, apoyarte si hay problemas de adicciones y motivarte a tener una vida activa y saludable. También van a preguntarte a ti y a tu familia sobre las dificultades que tienen al cuidar a la persona mayor, para entender sus necesidades. Con esa información, el Instituto podrá hacer acciones que mejoren la calidad de vida de los adultos mayores y de sus familias.

Texto oficial

Artículo 106. El Instituto implementará mecanismos para brindar apoyos domiciliarios a personas mayores a través de promotores de apoyo gerontológico quienes se encargaran de brindar asistencia en diversas áreas, proporcionar información de temas para la prevención de enfermedades, apoyo en el caso de adicciones, promoción de la vida activa, saludable y recabar información respecto a las necesidades particulares y dificultades que las familias enfrenten en la realización de las tareas de cuidados, con la cual se podrán implementar acciones en favor del mejoramiento de la calidad de vida de las personas mayores y sus familias.

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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