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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
139

Artículo 139 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Estrategia tiene que asegurarse de proteger a las personas mayores que están en mayor riesgo de sufrir maltrato. Esto aplica especialmente a quienes pueden ser discriminadas por su identidad de género, orientación sexual, salud o discapacidad, religión, origen étnico u otras situaciones que las hacen más vulnerables. En pocas palabras, se busca darles más apoyo a los adultos mayores que, por ser diferentes o tener ciertas condiciones, pueden ser tratados mal.

Texto oficial

Artículo 139. La Estrategia deberá garantizar la protección especial a personas mayores que, por su identidad de género, orientación sexual, estado de salud o discapacidad, religión, origen étnico u otras situaciones de vulnerabilidad, corren mayor peligro de ser maltratadas.

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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