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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
19

Artículo 19 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En la Ciudad, las personas mayores tienen derecho a ser incluidas completamente en la sociedad y a participar activamente en su familia, comunidad y en la vida social. Eso significa que pueden opinar y decidir sobre asuntos públicos que les interesen o las afecten, como en las votaciones y consultas ciudadanas. El gobierno debe tomar medidas para que puedan participar en formas de democracia directa (como referéndums), en mecanismos de participación como audiencias públicas, y también en vigilar y evaluar cómo trabajan las autoridades. Todo esto se hace según lo que marquen las leyes electorales y de participación ciudadana de la Ciudad.

Texto oficial

Artículo 19. En la Ciudad las personas mayores tienen derecho a una inclusión plena y efectiva en la sociedad, así como a participar de manera activa, productiva, dentro de su familia, comunidad y sociedad. Este derecho comprende el de intervenir en la toma de decisiones públicas que les afecten o sean de su interés y se ejercerá en términos de las leyes electorales y de participación ciudadana de la Ciudad. Las autoridades competentes implementarán acciones que garanticen la participación de las personas mayores en los mecanismos de democracia directa, en los instrumentos de democracia participativa, así como en los de control, gestión y evaluación de la función pública.

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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