- Ley
- Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
- Artículo
- 36
Artículo 36 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En la Ciudad, las personas de la tercera edad tienen derecho a recibir apoyo económico y servicios (como pensión o atención médica) para vivir con dignidad, pero esto se hace según lo que digan las leyes. El gobierno debe impulsar, poco a poco y con el dinero que tenga, programas de protección para los adultos mayores que no tengan acceso a estos servicios, para que puedan vivir bien, ser independientes y tener estabilidad en su salud y vida social. Además, el gobierno debe priorizar a los que están en peores condiciones, como los que tienen más desigualdad o riesgo.
Texto oficial
Artículo 36. En la Ciudad las personas mayores tienen derecho a la seguridad social que las proteja para llevar una vida digna, este derecho se ejercerá de conformidad con la legislación aplicable. La administración pública promoverá progresivamente y dentro de sus recursos disponibles, mecanismos de protección social para las personas mayores que no cuenten con servicios de seguridad social y que les permita llevar una vida digna que contribuya a su autonomía personal y alcanzar una estabilidad médica y social, atendiendo de manera prioritaria a las personas mayores que enfrenten mayores condiciones de desigualdad y vulnerabilidad social.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.