Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-reconocimiento-derechos-personas-mayores-sistema-integral-atencion/41
Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
41

Artículo 41 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 41 dice que en la Ciudad de México, todas las personas mayores tienen derecho a recibir atención médica general y especializada, incluso si tienen problemas de adicciones. También pueden decidir libremente si aceptan o no un tratamiento, sin que nadie los discrimine. El gobierno, por medio de la Secretaría de Salud, debe crear formas para que los adultos mayores reciban servicios de buena calidad, como pláticas para cuidar su salud, prevenir enfermedades, hacer diagnósticos, dar tratamientos y mejorar su salud mental.

Texto oficial

Artículo 41. En la Ciudad de México las personas mayores tienen derecho a la protección de su salud en general y especializada, incluyendo la atención integral en el caso de adicciones, así como a manifestar su consentimiento libre e informado en dicho ámbito sin discriminación alguna. La Administración Pública a través de la Secretaría de Salud, promoverá mecanismos para garantizar el derecho de las personas mayores a recibir servicios de calidad para promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y fomento de la salud mental.

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.