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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
44

Artículo 44 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad va a poner en marcha programas de salud en los que trabajen diferentes áreas, como salud, desarrollo social y otras, para atender de manera completa a las personas mayores. Esto significa que no solo se enfocarán en curar enfermedades, sino también en prevenirlas, promover hábitos saludables en todas las edades, y ofrecer rehabilitación y cuidados paliativos (es decir, aliviar el dolor y dar calidad de vida a quienes tienen enfermedades graves). La idea es que las personas mayores puedan sentirse lo mejor posible, tanto física como mentalmente.

Texto oficial

Artículo 44. En la Ciudad se implementarán políticas públicas intersectoriales de salud orientadas a una atención integral a la persona mayor que incluya la promoción de la salud, la prevención y la atención de las enfermedades en todas las etapas, y la rehabilitación y los cuidados paliativos, a fin de propiciar el disfrute del más alto nivel de bienestar físico y mental.

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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