- Ley
- Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
- Artículo
- 53
Artículo 53 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas de la tercera edad pueden escoger libremente si quieren participar en los cursos, talleres o eventos educativos y culturales que se ofrecen para todo el público, o bien en los que están hechos especialmente para ellas. Nadie puede obligarlas a meterse a un programa que no quieran, ni tampoco dejarles fuera de los que son para todos. La ley les da la libertad de decidir qué actividades se adaptan mejor a sus gustos y necesidades.
Texto oficial
Artículo 53. A las personas mayores les asiste el derecho de elegir integrarse a las actividades educativas y culturales implementadas para la población en general, o las desarrolladas específicamente para este sector de la población.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.