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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
53

Artículo 53 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas de la tercera edad pueden escoger libremente si quieren participar en los cursos, talleres o eventos educativos y culturales que se ofrecen para todo el público, o bien en los que están hechos especialmente para ellas. Nadie puede obligarlas a meterse a un programa que no quieran, ni tampoco dejarles fuera de los que son para todos. La ley les da la libertad de decidir qué actividades se adaptan mejor a sus gustos y necesidades.

Texto oficial

Artículo 53. A las personas mayores les asiste el derecho de elegir integrarse a las actividades educativas y culturales implementadas para la población en general, o las desarrolladas específicamente para este sector de la población.

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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