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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
75

Artículo 75 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En la Ciudad de México, las personas mayores tienen los mismos derechos legales que cualquier otra persona. Esto significa que pueden hacer cosas como comprar una casa, heredar, manejar su dinero, firmar contratos y pedir préstamos o créditos bancarios sin que se los nieguen por su edad. Nadie puede quitarles estos derechos, ni siquiera ellas mismas, porque son irrenunciables. En corto, la ley las reconoce como ciudadanas con plena capacidad para tomar sus propias decisiones legales y financieras.

Texto oficial

Artículo 75. En la Ciudad las personas mayores tienen igual reconocimiento ante la ley como cualquier otra persona. Se reafirma su personalidad jurídica y podrán ejercer su capacidad jurídica en los términos señalados en la legislación civil, este derecho es irrenunciable. La persona mayor tiene el derecho a ser propietaria y recibir herencia, administrar sus bienes y asuntos económicos, celebrar cualquier tipo de contratos y tener acceso en igualdad de condiciones a préstamos bancarios, hipotecas y otras modalidades crediticias.

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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