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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
98

Artículo 98 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres una persona mayor y estás en peligro o sin apoyo, tienes derecho a que te protejan y atiendan sin que te traten diferente a nadie. Si alguien sabe que una persona mayor está en riesgo o abandonada, tiene la obligación de reportarlo de inmediato a las autoridades correspondientes. Las autoridades deben crear formas fáciles de hacer denuncias y promover siempre sus servicios para cuidar a las personas mayores y defender sus derechos.

Texto oficial

Artículo 98. Toda persona mayor que se encuentre en situación de riesgo o desamparo tiene derecho a recibir en condiciones de igualdad medidas para su atención y protección. Toda persona que tenga conocimiento de que una persona mayor se encuentra en riesgo o desamparo le asiste el deber de denunciar de inmediato el hecho ante las autoridades competentes. Las autoridades responsables deberán generar los mecanismos de denuncia accesibles y la promoción permanente de sus servicios en favor de las personas mayores y la protección de sus derechos.

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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