- Ley
- Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público
- Artículo
- 10
Artículo 10 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La oficina de Desarrollo Urbano se encarga de proponer cómo usar los terrenos que son propiedad de la Ciudad de México, siguiendo el plan general de la ciudad y los planes de cada alcaldía. También revisa y da su opinión sobre las ideas que otras dependencias del gobierno tengan para esos terrenos, como por ejemplo, para construir escuelas, hospitales o parques. Además, ayuda a armar los documentos necesarios cuando el gobierno quiere expropiar un terreno y los guarda para tenerlos seguros. Por último, puede sugerir cambios a los planes de desarrollo de una alcaldía si son necesarios para cumplir con los objetivos generales de la ciudad.
Texto oficial
Artículo 10.- Corresponde a Desarrollo Urbano: En congruencia con el Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, proponer políticas para el aprovechamiento de la reserva territorial que forma parte del patrimonio inmobiliario del Distrito Federal, en congruencia con la determinación de usos, destinos y reservas que señalen los Programas Delegacionales y Parciales de Desarrollo Urbano; Dictaminar las propuestas que formulen las diversas Dependencias o Entidades del Distrito Federal, en cuanto a la asignación de usos, destinos y reservas para el equipamiento urbano; Participar en la integración de los expedientes técnicos de las expropiaciones que propongan las Dependencias y Entidades y mantenerlos en custodia, y En los términos de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, proponer y, en su caso, promover las modificaciones al Programa Delegacional o Parcial de Desarrollo Urbano correspondiente, respecto de los bienes que conformen el patrimonio inmobiliario del Distrito Federal, en congruencia con los objetivos del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.