- Ley
- Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público
- Artículo
- 31
Artículo 31 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los tribunales de la Ciudad de México se encargan de resolver problemas legales sobre propiedades o recursos que sean del gobierno de la ciudad, ya sean lugares públicos (como calles o parques) o bienes privados del gobierno. Estos problemas pueden ser civiles (como demandas por daños), penales (delitos) o administrativos (como disputas con autoridades). Todo depende de qué tipo de tribunal tenga la facultad para atender el caso. En pocas palabras, si hay un lío legal con algo que pertenece al gobierno de la CDMX, aquí es donde se resuelve.
Texto oficial
Artículo 31.- Los Tribunales del Distrito Federal, de acuerdo con su competencia, conocerán de los juicios civiles, penales y administrativos que se relacionen con bienes del dominio público o privado del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.