- Ley
- Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público
- Artículo
- 90
Artículo 90 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno te da permiso de usar un bien público (como un terreno o un edificio), llamado concesión, tú te comprometes a cuidarlo, mejorarlo o repararlo si es necesario. También puedes usarlo para ofrecer un servicio a la gente o para construir una obra pública, como un hospital o una carretera. Además, puedes firmar un contrato de fideicomiso (que es como un acuerdo donde un banco administra recursos para un fin específico) o crear una sociedad financiera o mercantil, y ahí puedes poner los derechos de tu permiso; lo que ganes con eso se usa para cumplir con el objetivo de la concesión.
Texto oficial
Artículo 90.- Las concesiones de bienes podrán tener las siguientes modalidades: La obligación del concesionario de administrar, ampliar o reparar el bien concesionado, La obligación del concesionario para utilizar el bien en la prestación de un servicio público o en la realización de una obra pública, y El concesionario podrá suscribir un contrato de fideicomiso o instrumentos de asociación financiera o mercantil, al que aportará o cederá los derechos del título de concesión y cuyos rendimientos serán empleados para el cumplimiento del fin de la concesión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.