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Ley
Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal
Artículo
38

Artículo 38 de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu hijo necesita tomar un medicamento o comer algo especial mientras está en el CACI (Centro de Atención Infantil), tú tienes que pedirlo por escrito. Para hacerlo, debes entregar una receta médica donde el doctor indique claramente cómo se debe administrar ese medicamento o alimento. Tienes que dar esa receta justo cuando lleves al niño o niña al centro.

Texto oficial

ARTÍCULO 38.- En caso de administrarse algún medicamento o alimento especial al niño o niña durante su estancia, será siempre a solicitud del usuario en la forma que señale la receta médica que entregará al momento de presentarlo en el CACI.

Ver texto oficial de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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