- Ley
- Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Ciudadana de la CDMX
- Artículo
- 26
Artículo 26 de la Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Ciudadana de la CDMX
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los empleados de la Secretaría que trabajan con tecnología para obtener, clasificar o guardar información de seguridad pública tienen prohibido sacar copias (ya sea el original o una copia) de esa información, o pasarla a otra persona. Además, deben firmar por escrito un compromiso de confidencialidad que tienen que respetar siempre, incluso después de dejar su puesto de trabajo. También aplica la misma regla para jueces, ministerios públicos y otras autoridades que manejen esta información reservada por su trabajo, según lo que dicen las leyes de transparencia de la Ciudad de México. En pocas palabras: nadie que tenga acceso a estos datos puede compartirlos ni guardarlos por su cuenta.
Texto oficial
Artículo 26.- Las personas servidoras públicas de la Secretaría que participen en la obtención, clasificación, análisis o custodia de información para la seguridad ciudadana a través de tecnología, deberán abstenerse de obtener o guardar o transferir el original o copia de dicha información. Artículo reformado G.O. CDMX 27/08/25 Asimismo, dichas personas servidoras públicas deberán otorgar por escrito una promesa de confidencialidad que observarán en todo tiempo, aún después de que hayan cesado en el cargo en razón del cual se les otorgó el acceso. Párrafo reformado G.O. CDMX 27/08/25 Las personas servidoras públicas del Ministerio Público, Autoridad especializada en Justicia para Adolescentes o Autoridad que ventile un procedimiento administrativo, seguido en forma de juicio, establecido en la normativa de la Ciudad de México, deberán acatar las disposiciones de este artículo cuando, por razón de su encargo, conozcan o manejen información reservada a que hace referencia esta Ley y la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Párrafo reformado G.O. CDMX 27/08/25
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.