Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-regula-uso-tecnologia-seguridad-ciudadana/5
Ley
Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Ciudadana de la CDMX
Artículo
5

Artículo 5 de la Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Ciudadana de la CDMX

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que la Secretaría (dependencia del gobierno) tiene prohibido instalar equipos tecnológicos (como cámaras o micrófonos) dentro de casas particulares o en cualquier lugar para obtener información personal o de tu familia. Solo pueden poner equipos fijos en espacios públicos o propiedades del gobierno de la Ciudad de México sin pedir permiso. Si quieren instalar algo en otro lugar, necesitan una autorización por escrito del dueño o de quien vive ahí. Ese permiso se guarda como información confidencial y debe protegerse junto con los datos que se obtengan, según lo que dice esta ley y la Ley de Transparencia.

Texto oficial

Artículo 5.- Queda prohibida la colocación, de equipos y sistemas tecnológicos al interior de los domicilios particulares, así como aquella instalada en cualquier lugar, con el objeto de obtener información personal o familiar, por parte de la Secretaría. Sólo podrán ser instalados, sin previa autorización, los equipos tecnológicos fijos en bienes del dominio público o bienes del dominio privado de la Ciudad de México. Para la instalación en cualquier otro lugar, se requerirá autorización por escrito de la persona propietaria o poseedora del lugar donde se pretenda ubicar los equipos y sistemas tecnológicos. Párrafo reformado G.O. CDMX 27/08/25 Dicha autorización será clasificada como confidencial y deberá resguardarse junto con la información obtenida por esos sistemas tecnológicos, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley y la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Párrafo reformado G.O. CDMX 27/08/25

Ver texto oficial de la Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Ciudadana de la CDMX (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.