Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-responsabilidad-ambiental/66
Ley
Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México
Artículo
66

Artículo 66 de la Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez te declara culpable y esa sentencia ya no se puede apelar (es decir, "causa ejecutoria"), el juez les va a pedir a los involucrados que, en un plazo de 15 días hábiles, digan cómo piensan reparar el daño causado y en qué tiempo lo van a hacer. Si ambas partes están de acuerdo, pueden presentar una propuesta juntos en una audiencia especial llamada "de avenencia". Además, si arreglar el daño es muy complicado o lleva mucho trabajo, el juez puede dar hasta 15 días hábiles más para que se pongan de acuerdo.

Texto oficial

Artículo 66. Una vez que cause ejecutoria la sentencia que resulte condenatoria, la persona juzgadora dará vista a las partes para que dentro del término de quince días hábiles se pronuncien sobre: I. La forma, términos y niveles de reparación integral del daño que se propongan para cumplir las obligaciones; II. Los plazos propuestos para el cumplimiento de las obligaciones de la persona responsable. Si las partes llegaran a un acuerdo respecto a lo previsto en este artículo, podrán formular una propuesta conjunta, todo ello en una audiencia de avenencia. Cuando exista causa justificada por razones de la complejidad técnica o material para dar cumplimiento a lo determinado por las fracciones anteriores, el término establecido en el párrafo primero del presente artículo podrá ser prorrogable por la persona Juzgadora hasta por quince días hábiles.

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.