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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-responsabilidad-ambiental/70
Ley
Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México
Artículo
70

Artículo 70 de la Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no se cumple bien una decisión judicial, tú y la otra persona pueden decir lo que les parezca para defender su derecho. Pueden señalar que no se hizo lo que decía la resolución o que se hizo mal. Eso lo presentan ante el juez para que él decida qué hacer.

Texto oficial

Artículo 70. Las partes podrán manifestar lo que a su derecho convenga respecto al incumplimiento o deficiente ejecución de dicha resolución.

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.