Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-responsabilidad-ambiental/70
- Ley
- Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México
- Artículo
- 70
Artículo 70 de la Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si no se cumple bien una decisión judicial, tú y la otra persona pueden decir lo que les parezca para defender su derecho. Pueden señalar que no se hizo lo que decía la resolución o que se hizo mal. Eso lo presentan ante el juez para que él decida qué hacer.
Texto oficial
Artículo 70. Las partes podrán manifestar lo que a su derecho convenga respecto al incumplimiento o deficiente ejecución de dicha resolución.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.