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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-responsabilidad-ambiental/79
Ley
Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México
Artículo
79

Artículo 79 de la Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú ves o te enteras de que alguien está dañando el medio ambiente en la Ciudad de México, puedes ir directamente al Ministerio Público (que es como la oficina de los fiscales) a contarlo. Además, si trabajas en el gobierno, por ejemplo en la Secretaría de Medio Ambiente o en la Procuraduría, y te das cuenta de un delito ambiental mientras haces tu trabajo, tienes la obligación de denunciarlo de inmediato. Y cualquier servidor público que sepa de un delito así debe avisar al Ministerio Público sin tardanza, dando todos los detalles que tenga, incluso quién pudo haberlo cometido.

Texto oficial

Artículo 79. Toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito contra el ambiente, la gestión ambiental y los que atenten en contra de los elementos artificiales del ambiente en la Ciudad de México podrá denunciarlo directamente ante el Ministerio Público. En aquellos casos en que, como resultado del ejercicio de sus atribuciones, la Secretaría, la Secretaría de Desarrollo Urbano, o la Procuraduría tengan conocimiento de actos u omisiones que pudieran constituir delitos contra el ambiente, formularán denuncia inmediata ante el Ministerio Público. Toda persona servidora pública está obligada a notificar de manera inmediata al Ministerio Público sobre la probable existencia de un hecho que la Ley considere como delito contra el ambiente, la gestión ambiental y los que atenten en contra de los elementos artificiales del ambiente en la Ciudad de México, así como la identidad de quien posiblemente lo haya cometido o haya participado en su comisión, transmitiendo todos los datos que tuviere al respecto.

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.