- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 121
Artículo 121 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 121 dice que la autoridad puede aplicarte una sanción o castigo (como una multa o un arresto) sin seguir el orden que aparece en la lista de opciones que viene en el artículo anterior. También puede imponerte varias de esas sanciones al mismo tiempo si es necesario. Pero antes de decidir, la autoridad tiene que analizar bien tu situación para elegir lo más justo. En otras palabras, no hay un orden fijo ni un límite de una sola sanción, sino que se adaptan a lo que pasó.
Texto oficial
Artículo 121. Las medidas de apremio podrán ser decretadas sin seguir rigurosamente el orden en que han sido enlistadas en el artículo que antecede, o bien, decretar la aplicación de más de una de ellas, para lo cual la autoridad deberá ponderar las circunstancias del caso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.