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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-responsabilidades-administrativas/133
Ley
Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Artículo
133

Artículo 133 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los papeles oficiales que emiten las autoridades cuando hacen su trabajo, como actas, oficios o constancias, valen como prueba completa en un juicio. Eso significa que se considera que esos documentos son auténticos y que lo que dicen es verdad, a menos que alguien demuestre lo contrario. Si tienes un documento así, no necesitas buscar más pruebas para que tenga validez. Pero si alguien quiere contradecirlo, debe presentar evidencia para comprobarlo.

Texto oficial

Artículo 133. Las documentales emitidas por las autoridades en ejercicio de sus funciones tendrán valor probatorio pleno por lo que respecta a su autenticidad o a la veracidad de los hechos a los que se refieran, salvo prueba en contrario.

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.