- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 135
Artículo 135 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te acusa de cometer una falta administrativa (como un acto ilegal en el servicio público), la ley dice que se te debe considerar inocente mientras no se demuestre lo contrario, y esa prueba tiene que ser muy clara y contundente. Las autoridades que investigan son las que tienen que presentar todas las pruebas para comprobar que realmente hiciste algo mal, no tú. No estás obligado a declararte culpable ni a decir cosas que te perjudiquen, y si decides quedarte callado, eso no se puede usar en tu contra como señal de que eres responsable.
Texto oficial
Artículo 135. Toda persona señalada como responsable de una falta administrativa tiene derecho a que se presuma su inocencia hasta que no se demuestre, más allá de toda duda razonable, su culpabilidad. Las autoridades investigadoras tendrán la carga de la prueba para demostrar la veracidad sobre los hechos que demuestren la existencia de tales faltas, así como la responsabilidad de aquellos a quienes se imputen las mismas. Quienes sean señalados como presuntos responsables de una falta administrativa no estarán obligados a confesar su responsabilidad, ni a declarar en su contra, por lo que su silencio no deberá ser considerado como prueba o indicio de su responsabilidad en la comisión de los hechos que se le imputan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.