- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 148
Artículo 148 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que muchas personas importantes en el gobierno, como diputados, senadores, gobernadores, jueces, ministros de la Suprema Corte y otros funcionarios de alto nivel, **tienen la obligación de declarar** algo (probablemente su situación patrimonial o de intereses) sin que nadie se los pida. Es decir, deben hacerlo por su cuenta. Para eso, la autoridad les enviará por escrito las preguntas que deben contestar. Aplica para funcionarios federales, de los estados y de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 148. Los representantes de elección popular de la federación, entidades federativas y de la Ciudad de México; ministros, magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación, los consejeros del Consejo de la Judicatura Federal, las personas servidoras públicas que sean ratificados o nombrados con la intervención de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión o los congresos locales y de la Ciudad de México, los Secretarios de Despacho del Poder Ejecutivo Federal, los titulares de las dependencias, órganos desconcentrados, demarcaciones territoriales y entidades de la administración pública de la Ciudad de México, y los equivalentes en las entidades federativas, los titulares de los organismos a los que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorgue autonomía, los magistrados y jueces de los Tribunales de Justicia de la Ciudad de México y de las entidades federativas, los consejeros de los Consejos de la Judicatura de la Ciudad de México o sus equivalentes de las entidades federativas, y los titulares de los órganos a los que las constituciones locales les otorguen autonomía, rendirán su declaración por oficio, para lo cual les serán enviadas por escrito las preguntas y repreguntas correspondientes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.