- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 157
Artículo 157 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una persona es testigo en un juicio, tú o la otra parte pueden decir que no es de fiar. Eso se llama "tachar" al testigo y se hace presentando un escrito formal durante el juicio. La ley explica cómo hacerlo paso a paso en el mismo proceso. Básicamente, puedes pedir que no le crean al testigo si tiene algún interés personal o no es confiable.
Texto oficial
Artículo 157. Los testigos podrán ser tachados por las partes en la vía incidental en los términos previstos en esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.