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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-responsabilidades-administrativas/167
Ley
Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Artículo
167

Artículo 167 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez necesita entender algo que requiere conocimientos muy especializados, como de medicina, contabilidad o mecánica, puede pedir la opinión de un experto en esa área. Ese experto es el perito, y su trabajo se llama prueba pericial. Sirve para aclarar cosas que una persona común no podría explicar por sí sola, como los detalles de una operación quirúrgica o cómo funcionaba una máquina. Así, el juez usa esa información para decidir el caso con más certeza.

Texto oficial

Artículo 167. La prueba pericial tendrá lugar cuando para determinar la verdad de los hechos sea necesario contar con los conocimientos especiales de una ciencia, arte, técnica, oficio, industria o profesión.

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.