- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 212
Artículo 212 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien presenta un recurso (un tipo de queja legal), el juez puede detener temporalmente lo que dice la resolución que estás impugnando, pero solo si tú pides esa suspensión al mismo tiempo que presentas tu queja y si detenerlo no perjudica a la sociedad ni viola reglas de orden público. Si la suspensión sí se concede pero puede causar daño a un tercero, tienes que dar una garantía (como un depósito o fianza) para cubrir los posibles daños si después pierdes el caso. Si los derechos de ese tercero no se pueden medir en dinero, el juez decide cuánto debe ser esa garantía. Finalmente, la autoridad tiene máximo 24 horas para responder si acepta o no la suspensión que pediste.
Texto oficial
Artículo 212. La interposición del recurso suspenderá la ejecución de la resolución recurrida, si concurren los siguientes requisitos: Que la solicite el recurrente, y Que no se siga perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público. En los casos en que sea procedente la suspensión, pero pueda ocasionar daño o perjuicio a tercero y la misma se conceda, el quejoso deberá otorgar garantía bastante para reparar el daño e indemnizar los perjuicios que con aquélla se causaren si no obtuviere resolución favorable. Cuando con la suspensión puedan afectarse derechos del tercero interesado que no sean estimables en dinero, la autoridad que resuelva el recurso fijará discrecionalmente el importe de la garantía. La autoridad deberá de acordar en un plazo no mayor de veinticuatro horas respecto a la suspensión que solicite el recurrente. Sección Segunda De la Reclamación
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.