- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 214
Artículo 214 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no estás de acuerdo con una decisión de un juez o autoridad en un juicio, tienes 5 días hábiles (sin contar sábados, domingos y días festivos) para presentar una queja llamada "reclamación" ante la misma autoridad que tomó esa decisión. El plazo empieza a contar desde el día siguiente a que te notifiquen oficialmente. Una vez que presentes tu queja, la autoridad le avisará a la otra parte del juicio (tu contraparte) para que en 3 días hábiles dé su opinión al respecto, sin hacer ningún otro trámite extra. Después de eso, la autoridad que decidió originalmente tendrá 5 días hábiles para resolver si te da la razón o no. Lo importante es que la respuesta que dé esa autoridad a tu reclamación es definitiva: no podrás volver a impugnarla con otro recurso. Esta regla aplica solo para ciertos pasos del juicio, no para apelaciones finales.
Texto oficial
Artículo 214. La reclamación se interpondrá ante la Autoridad substanciadora o resolutora, según corresponda, que haya dictado el auto recurrido, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que surta efectos la notificación de que se trate. Interpuesto el recurso, se ordenará correr traslado a la contraparte por el término de tres días hábiles para que exprese lo que a su derecho convenga, sin más trámite, se dará cuenta al Tribunal para que resuelva en el término de cinco días hábiles. De la reclamación conocerá la Autoridad substanciadora o resolutora que haya emitido el auto recurrido. La resolución de la reclamación no admitirá recurso legal alguno. Sección Tercera De la Apelación
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.