- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 225
Artículo 225 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un juez ya dictó una sentencia firme (que no se puede apelar) contra una persona que cometió faltas, el Tribunal debe actuar rápido y por su cuenta, sin esperar a que alguien se lo pida. El Tribunal tiene que enviar un oficio (un documento oficial) para informar la sentencia y sus puntos clave, para que se cumpla. Si la persona queda inhabilitada (no puede participar) en contratos de obras, servicios o compras del gobierno, el Tribunal ordena publicar esa información en los periódicos oficiales de la Ciudad de México, del país y de los estados. Si además le pusieron una multa o una indemnización (pago por daños), el Tribunal debe avisar a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México o a la autoridad correspondiente, para que sepan de la decisión y puedan cobrarla.
Texto oficial
Artículo 225. Cuando haya causado ejecutoria una sentencia en la que se determine la comisión de Faltas de particulares, el Tribunal, sin que sea necesario que medie petición de parte y sin demora alguna, girará oficio por el que comunicará la sentencia respectiva, así como los puntos resolutivos de esta para su cumplimiento, de conformidad con las siguientes reglas: Cuando el particular haya sido inhabilitado para participar con cualquier carácter en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, el Tribunal ordenará su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en el Diario Oficial de la Federación, así como a los directores de los periódicos oficiales de las entidades federativas, y Cuando se haya impuesto una indemnización y/o sanción económica al responsable, se dará vista Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México o a la autoridad competente que corresponda, a la que será notificada la resolución emitida por el Tribunal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.