- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 226
Artículo 226 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la empresa o sociedad es castigada por un delito, el juez le mandará un aviso oficial con la sentencia y lo que debe cumplir. Si se ordena que la empresa deje de funcionar temporalmente, se lo notificarán a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, lo anotarán en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, y publicarán la noticia en la Gaceta Oficial y en un periódico importante de la zona donde esté registrada la empresa. Si en cambio se ordena que la empresa desaparezca para siempre, los encargados tendrán que seguir lo que dice la Ley General de Sociedades Mercantiles o el Código Civil de la Ciudad de México sobre cómo disolver y liquidar una sociedad.
Texto oficial
Artículo 226. Cuando el particular tenga carácter de persona moral, sin perjuicio de lo establecido en el artículo que antecede, el Tribunal girará oficio por el que comunicará la sentencia respectiva, así como los puntos resolutivos de ésta para su cumplimiento, de conformidad con las siguientes reglas: Cuando se decrete la suspensión de actividades de la sociedad respectiva, se dará vista a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se inscribirá en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio y se hará publicar un extracto de la sentencia que decrete esta medida, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en uno de los diarios de mayor circulación en la localidad donde tenga su domicilio fiscal la sociedad, y Cuando se decrete la disolución de la sociedad respectiva, los responsables procederán de conformidad con la Ley General de Sociedades Mercantiles en materia de disolución y liquidación de las sociedades, o en su caso, conforme al Códigos Civil del Distrito Federal, según corresponda, y las demás disposiciones aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.