- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 46
Artículo 46 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las personas que trabajan como servidores públicos y que por ley tienen que declarar su patrimonio también deben hacer una declaración de intereses. Esto significa que tienen que informar si tienen negocios, inversiones o relaciones personales que puedan afectar su trabajo. La Secretaría y los órganos internos de control se encargan de juntar estas declaraciones en un solo sistema. Ahí se guarda la información de su patrimonio, sus intereses y un comprobante de que presentaron su declaración fiscal.
Texto oficial
Artículo 46. Se encuentran obligados a presentar declaración de intereses todas las Personas Servidoras Públicas que deban presentar la declaración patrimonial en términos de esta Ley. Al efecto, La Secretaría y los Órganos internos de control se encargarán de que las declaraciones sean integradas al sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.