- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 76
Artículo 76 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica cómo se castiga a un funcionario público que comete una falta. Para decidir el castigo, las autoridades deben tomar en cuenta el puesto que tenía y tres cosas: su rango y experiencia en el trabajo, las circunstancias en las que cometió la falta, y si ya ha repetido la misma infracción antes. Si un servidor público vuelve a cometer una falta administrativa que no es grave, el nuevo castigo no puede ser más leve o igual al anterior, a menos que ya le hayan puesto el castigo máximo permitido. También se considera reincidente si la persona, después de haber sido castigada y que el castigo ya sea definitivo, comete otra falta del mismo tipo.
Texto oficial
Artículo 76. Para la imposición de las sanciones a que se refiere el artículo anterior se deberán considerar los elementos del empleo, cargo o comisión que desempeñaba la persona servidora pública cuando incurrió en la falta, así como los siguientes: El nivel jerárquico y los antecedentes del infractor, entre ellos, la antigüedad en el servicio; Las condiciones exteriores y los medios de ejecución, y La reincidencia en el incumplimiento de obligaciones. En caso de reincidencia de Faltas administrativas no graves, la sanción que imponga la Secretaría y Órgano interno de control no podrá ser igual o menor a la impuesta con anterioridad, a menos que previamente se hubieren aplicado los plazos máximos, en cuyo caso, se podrá repetir. El daño o perjuicio a la Hacienda Pública de la Ciudad de México En caso de reincidencia de Faltas administrativas no graves, la sanción que imponga la Secretaría y Órgano interno de control no podrá ser igual o menor a la impuesta con anterioridad, a menos que previamente se hubieren aplicado los plazos máximos, en cuyo caso, se podrá repetir. Se considerará reincidente al que habiendo incurrido en una infracción que haya sido sancionada y hubiere causado ejecutoria, cometa otra del mismo tipo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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