- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 14
Artículo 14 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo significa que si no hay una regla clara sobre cómo notificar algo, se aplicará lo que dice el Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México o, si eso no basta, se usarán los principios generales del derecho. En palabras simples, cuando la ley no dice exactamente cómo hacer una notificación, hay que seguir las instrucciones de ese código o las ideas básicas de justicia que se usan en todos los juicios. Así, nadie se queda sin saber qué hacer si algo no está escrito.
Texto oficial
Artículo 14.- A falta de disposición expresa, se estará a las prevenciones del Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México y los principios generales del derecho. Capítulo III De las notificaciones
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.