- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 53
Artículo 53 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el juez dé su fallo, va a revisar y corregir cualquier error que vea en los artículos de ley que las partes hayan mencionado. También va a analizar todos los argumentos que tú y la otra persona hayan presentado, todo junto, para entender bien cuál es el verdadero problema que se debe resolver. Así se asegura de que la decisión final sea justa y atienda lo que realmente se está discutiendo, no solo lo que está escrito por accidente o mal copiado.
Texto oficial
Artículo 53.- Al dictar sentencia, la Sala Constitucional corregirá lo errores que advierta en la cita de los preceptos invocados y examinará en su conjunto los razonamientos de las partes a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.