- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 56
Artículo 56 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Sala Constitucional toma decisiones por unanimidad (todos de acuerdo) o por mayoría (más de la mitad). Si declaran que una ley o regla local es inconstitucional, esa decisión aplica para todos, pero solo si al menos 5 jueces votan a favor. Si no se juntan esos 5 votos, el asunto se desecha y la ley sigue vigente. Cuando la decisión solo afecta a las personas que están en el juicio, los jueces que no estén de acuerdo pueden escribir su opinión aparte.
Texto oficial
Artículo 56.- Las resoluciones de la Sala Constitucional se tomarán por unanimidad o mayoría de votos. Siempre que las controversias versen sobre disposiciones locales de carácter general a las que se refieren los incisos c) y d), numeral 1, apartado B, del artículo 36 de la Constitución Local, y la resolución de la Sala Constitucional las declare inconstitucionales, la resolución tendrá efectos generales cuando hubiera sido aprobada por una mayoría de por lo menos cinco votos. En aquellas controversias respecto de normas generales en que no se alcance la votación mencionada en el párrafo anterior, el Pleno declarará desestimadas dichas controversias. Los Magistrados sólo podrán abstenerse de votar cuando tengan impedimento legal o no hayan estado presentes en la discusión del asunto. Si con posterioridad a la entrada en vigor de la declaratoria se aplicara la norma local de carácter general declarada inconstitucional, el afectado podrá denunciar dicho acto de conformidad con el procedimiento previsto para tal efecto en el capítulo VIII, del Título Segundo de esta Ley. En todos los demás casos las resoluciones tendrán efectos únicamente respecto de las partes en la controversia. Siempre que un magistrado disintiere de la mayoría podrá formular voto particular, el cual se insertará al final de la resolución respectiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.