Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/78
- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 78
Artículo 78 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 78 simplemente dice que se elimina o anula una ley, regla o artículo que existía antes. En palabras llanas, "derogar" significa que esa disposición ya no sirve, como cuando cancelas un permiso o dejas sin efecto una regla. Así que este artículo solo informa que algo que estaba vigente ya no se aplica.
Texto oficial
Artículo 78.-Se deroga
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.