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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-salud/122
Ley
Ley de Salud de la Ciudad De México
Artículo
122

Artículo 122 de la Ley de Salud de la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que es muy importante ayudar a las personas que usan sustancias como el tabaco, la cannabis, el alcohol, los inhalables u otras drogas, incluyendo medicamentos que crean dependencia. El gobierno está obligado a ofrecer servicios de salud para atender este problema de manera completa. Para eso, va a usar las instituciones públicas que ya existen o las que se creen específicamente para esto. En pocas palabras, el gobierno se compromete a darte atención médica si tienes problemas con cualquier tipo de droga.

Texto oficial

Artículo 122. La atención integral del consumo de sustancias psicoactivas, entre ellas al tabaco, la cannabis, el alcohol, las sustancias inhalables y la farmacodependencia, tiene carácter prioritario. El Gobierno garantizará, a través de los órganos e instituciones públicas afines y creadas para el tema, la prestación de servicios de salud para el cumplimiento de dicho fin.

Ver texto oficial de la Ley de Salud de la Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.