- Ley
- Ley de Salud de la Ciudad De México
- Artículo
- 161
Artículo 161 de la Ley de Salud de la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Agencia de Protección Sanitaria tiene la tarea de cuidar tu salud y evitar riesgos. Para lograrlo, puede dar permisos y certificados a personas o empresas, revisar lugares, productos o servicios, y aplicar medidas de seguridad o multas si es necesario. También puede cobrar ciertos pagos según acuerdos con el gobierno de la Ciudad de México, recibir donativos, y avisar a otras autoridades si detecta problemas que no son de su competencia. Además, puede informar a las autoridades federales sobre posibles riesgos sanitarios. En pocas palabras, hace todo lo que esté a su alcance para mantener la salubridad en la ciudad.
Texto oficial
Artículo 161. Para cumplir sus atribuciones prevenir riesgos y daños a la salud de la población, la Agencia de Protección Sanitaria podrá: Otorgar autorizaciones, certificados, licencias, permisos y acreditamientos sanitarios a personas físicas y morales; Vigilar e inspeccionar los sitios, establecimientos, actividades, productos, servicios o personas de que se trate; Aplicar medidas de seguridad; Imponer sanciones administrativas; Cobrar derechos, aprovechamientos, cuotas y multas, en los términos de los convenios que se suscriban con la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México; Recibir donativos y cualquier apoyo económico o en especie, por parte de personas físicas o morales, de naturaleza pública, privada o social; Establecer disposiciones, medidas y procedimientos para salvaguardar la salubridad local; Dar aviso a las autoridades respectivas sobre el incumplimiento de disposiciones legales en materias distintas a las conferidas a la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México; Informar a las autoridades federales respecto a un posible riesgo sanitario en el ámbito de su competencia federal, y Realizar todos aquellos actos que permitan preservar la salubridad local, de conformidad a los instrumentos jurídicos aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.